la una serie de competencias que el magistrado debe asumir con frecuencia, pero que no le son propias. "El juez- indicó Gavilán- se debe dedicar exclusivamente a juzgar. Como apoyo a su función debe existir una oficina judicial, dirigida por un técnico y dotada de los medios necesarios para garantizar una administración de justicia rápida y eficaz". Para Gavilán el funcionamiento de esta oficina se agilizaría considerablemente si el Consejo General del Poder Judicial dispusiese de atribuciones para elaborar su propio
2VO:023-1.6-10
DIRIGIR.5 - (fig) Guiar o disponer cómo [alguien] tiene que hacer [determinada actividad o trabajo]