ID: 115013
Autor:
Obra: La Voz de Galicia
Publicación: A Coruña, 23/11/91
Texto contextualizado: ; su definición al margen de las competencias que en materia fiscal estima que deben tener las comunidades autónomas; la escasa autonomía de los ayuntamientos, que sólo tienen capacidad para aplicar el tipo sobre el impuesto ya definido por Madrid sin poder modificar la filosofía esencial del impuesto; y el establecimiento de cuotas mínimas que en Galicia estarán por encima de la capacidad tributaria de los sectores afectados. Por ello, el BNG exige del Parlamento gallego la aprobación de una ley de financiación de 3VO:035-3.2-29

MODIFICAR - Cambiar, transformar o alterar las características de algo
Clase: Modificación    

PREDICADO
MODIFICAR
Activa 
  Claus. infinitivo 
Declarativa Negativa 
Infinitivo poder + Inf. 
ARGUMENTOS
 (ayuntamiento )
3ª pl 
A0 (Agente) 
Colectivo Animado 
SUJ(S)
   
  
 
 
0
 filosofía 
 
A1 (Afectado) 
Abstracto 
ODIR(D)
  FN 
Definido Singular 
 
 
1
Orden: inicial pre-V V post-V

Esquema: S D Subesquema: San Din Orden: VD



Otras cláusulas del mismo verbo: Cláusula anterior          de 23