se explica que en el artículo 17 de la Constitución se restringen los supuestos de detención a las necesidades de averiguación de hechos delictivos, mientras que en la Ley de Enjuiciamiento Criminal la limita a los casos en que se indague la comisión de delitos de cierta importancia, excluyendoqueseamotivada por simples faltas. Por ello consideran que "produce alarma" la redacción actual del artículo 20 del Proyecto de Ley Orgánica, porque admite que alguien puede ser detenido y a la vez