Existen tres modelos base de reclamación individual, adecuados a cada caso particular. Uno es para aquellos afectados que tengan en su poder la documentación presentada en su momento ante el Ayuntamiento por las promotoras en las que adquirieron su vivienda. Otro es para los que consideren quetienenderechoaacogerse a alguno de los tres años en los que le correspondería una bonificación del cincuenta por ciento. El último modelo está indicado para los afectados que carezcan de documentación. Asimismo y a
1VO:039-1.3-29
ACOGERII - Recurrir [a una ley, norma o similar]. Amparar(se)