autor de un delito continuado de apropiación indebida, a la pena de un año de prisión menor y a abonar a la mencionada entidad 105 millones de pesetas en concepto de indemnización. La misma sentencia absuelve al constructor Lisardo Gómez Gómez del delito encubierto de apropiación indebida, del que eraacusadoenlamismacausa. La sentencia declara probado que Orlando Cejudo se hizo cargo en 1985 de la dirección de la mencionada oficina. Contactó con un cliente de la entidad, Lisardo Gómez